Mitos, riesgos y realidades del Outsourcing y la Tercerización



En diversas charlas con profesionistas hemos notado que existen mitos y percepciones erróneas alrededor de la figura de la Tercerización de personal. Por ello quisimos redactar esta nota, tratando de aclarar algunos puntos.

La experiencia en diferentes países ha demostrado que la Tercerización de personal ayuda en la creación de empleos formales, al crecimiento económico y al fomento del trabajo formal. En la Ley Federal de Trabajo (LFT) de México, el término que se emplea es el de “trabajo en régimen de subcontratación”.

El artículo 15A de la LFT establece: “El trabajo en régimen de subcontratación es aquél por medio del cuál un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, lo cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas”.


Con esto podemos desmentir un primer mito de que la Tercerización es un modelo ilegal o que es prohibido por la ley, ya que si lo contempla la LFT. Y como mencionamos anteriormente, es un modelo que ha ayudado en el crecimiento económico y a crear puestos de trabajo formales.

Un segundo mito es la creencia de que el Outsourcing y la Tercerización son lo mismo, pero no es así. El outsourcing es un término más amplio, y se refiere a cuando una empresa externaliza cierta actividad.

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En la tercerización, es un tercero el que provee un servicio, poniendo a disposición de la empresa contratante a los trabajadores para que, bajo su dirección, ejecuten las labores que la compañía requiere.

La principal causal de estos mitos son los abusos y las simulaciones. Muchas empresas ofrecen servicios de outsourcing de nómina, pero como mencionamos anteriormente, algunos están orientados a la evasión fiscal. Para muestra veamos este dato: de más de 900 empresas de tercerización registradas en México sólo unas 100 están registradas ante el IMSS.

Para llegar a una solución ante el uso inadecuado de la tercerización, la autoridad debe hacer cumplir la ley con mayor rigor. En muchas ocasiones los inspectores se limitan a preguntar a las empresas si tienen subcontratado algún servicio (limpieza, seguridad, etc.); y no ahondan más en el tema independientemente de la respuesta.

Y es que la ley también establece que es responsabilidad de la empresa contratante asegurarse de que la empresa a la que contrate para los servicios de subcontratación cumpla con todas las disposiciones legales laborales con sus colaboradores. De no cumplir con este punto, el contratante se puede hacer acreedor a una multa de hasta 250 salarios mínimos. Un alto costo para quien quiera correr este riesgo.


Cuando se utiliza la subcontratación como está estipulada en la ley, ésta ayuda a los empresarios porque genera especialización y profesionalización tanto en los puestos tercerizados como en las funciones de Recursos Humanos.

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Por: Equipo Editorial Evolucione


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